Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en compra venta de Oro

En Herf Consultores, somos expertos en recursos contra las liquidaciones de Consellería por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la compra venta de oro.

 

Nuestro despacho es el representante en la Comunidad Valenciana de la Asociación Hispania, asociación que vela por los intereses de las tiendas de compra venta de oro a nivel estatal. Además, colaboramos con uno de los mejores despachos de abogados de Valencia que junto a nosotros se ha especializado en este tipo de reclamaciones.

 

La normativa fiscal establece que la compra de chatarra de oro a particulares para su reventa a profesionales, está sujeta a IVA, aplicando para tales operaciones el mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Las operaciones sujetas a IVA no pueden estar sujetas a ITP, por lo que la compra de oro a particulares NO se halla sujeta a este impuesto, según la normativa estatal.

 

El 2 de Agosto de 2013, la Consellería de Hacienda de Valencia publicó el Decreto Ley 4/2013 de 2 agosto, por el que establecen medidas urgentes para la reducción del déficit público, que incluye en el apartado 3 de su artículo 8 que las transmisiones patrimoniales onerosas en las que el contribuyente sea un empresario o profesional y que tengan por objeto bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa, deberán ser objeto de autoliquidación en la forma y plazo previstos en dicha normativa. Por lo que se dispone que el impuesto sea exigible para los hechos imponibles producidos a partir del 1 de Julio de 2013.

 

Por lo tanto, en virtud de esta normativa, .para todas las compras de oro, chatarra y otros bienes muebles realizados en la Comunidad Valenciana y adquiridos por profesionales a particulares para su reventa, se establece a partir del 1 de Julio de 2013 la exigibilidad del impuesto de transmisiones Patrimoniales en su modalidad de transmisiones onerosas.

 

La controversia surge cuando la Consellería exige a las tiendas de compra-venta de oro dicho impuesto para las compras realizadas desde el ejercicio 2010.

 

La situación actual es que Consellería está liquidando a todas las compraventa de oro el impuesto de transmisiones patrimoniales sobre las compras realizadas desde el año 2010, solicitando que se liquide el 4% del importe total de las compras realizadas a particulares entre los ejercicios 2010 y 2013, actuación que entendemos es injusta para los profesionales del sector, y que supone la inviabilidad de continuar con el negocio, ya que no se trabajaba con tanto margen como para poder hacer frente a este impuesto.

 

El resultado de esta actuación por parte de la Consellería ha sido el cierre masivo de este tipo de comercios debido a su incapacidad para hacer frente a la deuda que les reclama la administración.

 

Existen múltiples sentencias al respecto de esta práctica, por lo que en los tribunales se están ganando este tipo de recursos en base a la jurisprudencia existente.

 

Contacte sin compromiso con nuestro despacho y le informaremos del procedimiento de reclamación y de los pasos a seguir para defender sus derechos.

 

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